Pueden ser multados si no tienen los formularios disponibles, además de algunas de las profesiones exentas como médicos, arquitectos, economistas, abogados y notarios.
La mayoría de la gente es consciente de que las tiendas y comercios en España están obligados a facilitar hojas de reclamación porque es un derecho del consumidor, aunque en muchos casos las reclamaciones se pueden presentar a través de redes sociales o sitios web. Lo que no se sabe es que la ley de presentación de hojas de reclamación también se aplica a las empresas autónomas, y su incumplimiento puede acarrear multas que van desde los 3.000€ hasta los 15.000€, según el lugar donde se encuentren.
De acuerdo con la ley, este documento es obligatorio para todos los trabajadores por cuenta propia que presten bienes o servicios, con pocas excepciones como médicos, economistas, arquitectos, abogados, notarios y otros, porque las denuncias pueden dirigirse a sus colegios profesionales.
Los formularios de quejas son una forma amigable y económica de resolver una disputa y se pueden enviar a través de la propia empresa o en línea. En Andalucía, la web correspondiente es https://ws231.juntadeandalucia.es/portalconsumo/
Compensación
Otra opción disponible para los consumidores insatisfechos es acudir a los tribunales y reclamar una indemnización, pero esto es administrativamente más complejo y costoso para ambas partes.
Los formularios tienen un apartado para que el consumidor explique por qué no está satisfecho, y otro donde puede decir qué quiere que suceda o qué compensación necesita. La empresa tiene que responder dentro de un cierto período de tiempo, generalmente de diez a 14 días. Durante ese tiempo, las autoridades le dan a la empresa la oportunidad de exponer su versión de la historia y brindar evidencia para respaldarla o sugerir una solución al problema.
control
Si la empresa no responde o el consumidor no está satisfecho con la respuesta, las autoridades pueden decidir cómo resolver la disputa, y si no hay respuesta, el consumidor puede acudir al arbitraje de consumo, que es gratuito y la decisión es legalmente vinculante. Sin embargo, esto solo es posible si la empresa en cuestión está de acuerdo o es miembro del sistema de arbitraje. Si no, la acción legal es el único recurso.
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